CHILE Y ESPAÑA CON EL MISMO DILEMA: CÓMO CASTIGAR A UN JUEZ SIN DEJAR COJA A LA JUSTICIA

SUSPENDER NO ES EXPULSAR: LA LÍNEA QUE ESPAÑA Y CHILE ESTÁN A PUNTO DE BORRAR

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El 18 de agosto se cumplen noventa años de aquella noche de 1936 en que, cerca de Granada, un pelotón fusiló a Federico García Lorca sin juicio, sin defensa y sin más ley que la del miedo. Casi un siglo después, ese mismo día, pero en las antípodas del horror, el Consejo General del Poder Judicial firmaba un auto bien distinto, el que apartaba de su toga a Eduardo Ortega, Magistrado del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana y antiguo director de Servicios Jurídicos Contenciosos del BBVA.

La coincidencia de fechas no tiene más mérito que el azar del calendario, pero conviene detenerse en ella un instante. Entre el fusilamiento sin garantías y la suspensión con todas las garantías media la distancia exacta que separa la barbarie del Estado de Derecho, y esa distancia se mide, precisamente, en los procedimientos.

A Ortega se le juzgará por los encargos que, según la Fiscalía Anticorrupción, el banco hizo al comisario Villarejo entre 2004 y 2016; la petición de condena ronda los veintiséis años y medio de prisión. La medida, amparada en el artículo 190 del Reglamento de la Carrera Judicial, no es una condena ni por lo demás pretende serlo, es la suspensión automática que se activa cuando un auto de apertura de juicio oral por delito doloso alcanza firmeza. Aparta al juez de su función mientras dura el litigio, sin prejuzgar su culpabilidad o no, y si la Audiencia Nacional lo absuelve, su toga volverá a su percha inmaculadamente.

Y por la otra banda del Atlántico, la Corte Suprema chilena libra una batalla parecida, aunque de otra escala y naturaleza distinta a la española. La Contraloría General de la República destapó que unos veinticinco mil funcionarios públicos habían viajado al extranjero estando de baja médica; entre ellos, más de un centenar de jueces, que también son funcionarios pagados a cargo del Presupuesto del Estado. El caso fue tan grave que también se llevó por delante a Fiona Bonati, cuñada del Ex Presidente Gabriel Boric, quien debió renunciar a su cargo en la secretaria de comunicaciones del ministerio de Secretaría General del Gobierno.

El pleno del máximo tribunal abrió los lllamados «Cuadernos de Remoción», máximo procedimiento disciplinari que puede terminar en la expulsión definitiva de la carrera judicial, de cincuenta y seis magistrados. La presidenta de la Corte Suprema Gloria Chevesich expresó sus alegatos en pos de proteger la legitimidad institucional. Loable, sin duda, pero ahí empieza el problema que en parte me gustaría desmontar y no por amor a los jueces, sino por lealtad con la justicia.

Suspender por procesarse en un caso de corrupción bancaria y expulsar por incumplir un reposo médico son, jurídicamente, animales distintos, aunque el ruido mediático los confunda a diario. En Ortega opera una cautela procesal reversible. En Chile, la remoción a traves del artículo 80 de la Constitución busca la salida definitiva de la carrera judicial y equivale a la muerte profesional de un Juez.

Lo tragico es que solo es una grave falta administrativa que constatada y condenable desde todos los ángulos, rara vez había merecido antes tal pena capital. Como recordaba un académico consultado por la prensa chilena estos días, la remoción administrativa de un juez es un remedio extraordinariamente excepcional, casi arqueológico.

Expulsar en masa a jueces por un fraude a la baja médica, por grave que sea, es pan para hoy y hambre institucional para mañana. La independencia judicial no es un privilegio gremial ni una prebenda corporativa, es la garantía del ciudadano frente al poder de turno, sea éste político, económico o mediático.

Si la máxima sanción disciplinaria queda a un tuit de distancia de cualquier escándalo, el mensaje que reciben los jueces no es «compórtate», sino «no incomodes a quien pueda removerte». Y un juez que teme por su plaza no juzga con la cabeza fría; obedece, se acomoda, mira de reojo antes de firmar una sentencia incómoda.

Lo cual no significa mirar para otro lado, ni mucho menos disculpar. Viajar a Costa Rica con licencia psiquiátrica, como se le atribuye a uno de los magistrados chilenos investigados, no es una travesura administrativa, es un abuso al sistema y un serio fraude contra el erario público. Una tomadura de pelo a los justiciables que esperan meses, a veces años, una sentencia mientras el juez que debía dictarla tomaba el sol. Ahí caben multas severas, la pérdida de meses o años de antigüedad a efectos de ascenso, la inhabilitación temporal para optar a plazas de responsabilidad, incluso la suspensión larga de funciones sin sueldo.

Lo que no cabe, salvo reincidencia acreditada o dolo manifiesto y probado con las garantías del caso, es la expulsión fulminante que deja a la corporación judicial eligiendo entre un escarmiento ejemplar y populista con la supervivencia de su propia independencia frente al poder político de turno. Ahí ya entramos en otro terreno.

España que no se queda atrás con todo su cinismo institucional, entendió hace tiempo esa distinción; por eso separa la suspensión cautelar, reversible, de la sanción disciplinaria firme, que solo llega tras sentencia. Ya lo vivimos con Baltasar Garzón en 2010.

Suspendido cautelarmente por el mismo mecanismo que ahora se aplica a Ortega, y solo la sentencia posterior del Supremo, con su inhabilitación por el caso de las escuchas, cerró definitivamente su carrera judicial. Entre la suspensión y el final hubo un proceso completo, con garantías, no un cuaderno administrativo resuelto en semanas bajo la presión de la opinión pública y de la Contraloría respirando en la nuca del tribunal.

Chile, escaldado por un escándalo que ha salpicado a veinticinco mil funcionarios de todos los estamentos, corre el riesgo de fabricar un martillo tan grande que termine golpeando la propia viga que sostiene el edificio judicial. Un poder judicial débil, temeroso y disciplinariamente amenazado en su médula no ampara mejor los derechos de nadie, por mucha probidad que se le exija sobre el papel; al contrario, allana el camino para que el próximo poder de turno, sea gobierno, banco o comisario, encuentre jueces más dóciles y menos dispuestos a incomodar. Noventa años después de Granada, la lección sigue siendo la misma: la justicia se defiende con procedimiento, no con guillotina disciplinaria.

ALEJANDRO KLOCK VARAS
JURISTA MEDIADOR CIVIL Y MERCANTIL

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