MOSCÚ CONVIERTE LA VOLATILIDAD EN GARANTÍA: EL EXPERIMENTO CRIPTO DEL BANCO CENTRAL RUSO

CUANDO EL COLATERAL SE VUELVE ESPECULATIVO, EL RIESGO SISTÉMICO DEJA DE SER UNA HIPÓTESIS ACADÉMICA

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El Banco Central de Rusia acaba de cruzar una línea que otros reguladores han evitado por prudencia, no por ignorancia. Permitir que los brókeres acepten criptomonedas como garantía en operaciones de margen no es innovación regulatoria pura. Es, ante todo, un acto de ordenación tardía sobre un mercado que llevaba casi una década operando en un limbo jurídico incómodo.Y en eso hay que reconocerle mérito al regulador ruso.

Durante años, el criptoactivo ha vivido en una zona gris. Ni prohibido del todo, ni reconocido con plenas garantías, tolerado en la práctica pero huérfano de marco normativo claro. Ese vacío generaba más riesgo del que pretendía evitar, porque un mercado sin reglas no deja de operar, simplemente opera sin supervisión. Dotarlo de un marco, aunque imperfecto, es preferible a mantenerlo en la sombra regulatoria.

Dicho esto, la lógica del colateral, en derecho financiero, descansa sobre un pilar elemental: la estabilidad relativa del activo dado en prenda. Un inmueble no se revaloriza un 40% en una tarde. Un bono soberano tampoco. El bitcoin, sí. Ahí reside la contradicción jurídica de fondo: se pide a un activo estructuralmente volátil que cumpla la función de un activo estable, por muy bien regulado que esté el procedimiento.

Rusia introduce límites diferenciados para inversores no cualificados, y esa segmentación es, técnicamente, un acierto regulatorio. Protege al pequeño inversor de una exposición que probablemente no comprende del todo, y traslada el riesgo residual hacia quienes cuentan con capacidad real de absorber pérdidas.

Es, en el fondo, el mismo principio de proporcionalidad que rige cualquier normativa de protección al inversor minorista.

La verdadera cuestión, la que pocos análisis se atreven a formular con claridad, es otra: ¿basta con regular bien la forma para neutralizar el riesgo de fondo? Ordenar un mercado no equivale a domesticar la naturaleza del activo que lo compone.

La pregunta para los operadores jurídicos no es si esto funcionará. Es qué precedente sienta. Si el modelo ruso logra estabilizarse sin un colapso de márgenes en cascada, otros bancos centrales, especialmente en jurisdicciones emergentes con mercados cripto igualmente maduros, tomarán nota de un esquema que, por fin, saca al criptoactivo de la clandestinidad regulatoria.

El derecho financiero comparado avanza así: no por consenso, sino por precedentes que otros deciden imitar o descartar según el resultado observado. Rusia, guste o no, se ha convertido en laboratorio para una pregunta que tarde o temprano llegará a Bruselas, a Washington y a Madrid.

Mi escepticismo profesional no está en la voluntad regulatoria, que aplaudo. Está en la premisa de que un límite normativo, por bien diseñado que esté sobre el papel, baste para contener un activo cuya naturaleza es, precisamente, no dejarse contener.

ALEJANDRO KLOCK VARAS
Jurista y mediador civil y mercantil
www.legaltimes.es

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