La sentencia del Tribunal Supremo de 9 de julio ha hecho lo que debía hacer: interpretar. Y lo ha hecho con una precisión quirúrgica: la Disposición Adicional Décima de la LO 4/2000 solo permite el rechazo en frontera cuando el migrante «intenta superar los elementos de contención fronterizos». El mar no tiene vallas. Los drones, las cámaras térmicas y los sensores vigilan, pero no contienen. El Alto Tribunal no ha inventado nada: ha leído lo que el legislador escribió en 2015. Y ha dicho: esto no está aquí.
La reacción política no se ha hecho esperar. El priincipal partido de la opsición en España ya ha registrado una proposición de ley para extender las devoluciones en caliente a la vía marítima en Ceuta y Melilla. Ese es el cauce porque el Poder Legislativo, es que es quien tiene la competencia constitucional para modificar la ley, asume su responsabilidad. Hasta ahí, correcto.
Lo que resulta jurídicamente insostenible (y, permítanme la crudeza, intelectualmente perezoso) es pretender que sea el Tribunal Supremo quien, mediante su jurisprudencia, «rellene» la falta de regulación. No. La jurisprudencia no es una cantera de la que extraer normas que el Parlamento no quiso o no supo escribir. El juez aplica la ley; no la suple cuando el legislador calla. Exigir al Supremo que extienda por vía interpretativa un supuesto no contemplado es tanto como pedirle que legisle. Y eso, en un Estado de Derecho, no es una opción: es una vulneración de la separación de poderes.
La tentación de buscar atajos judiciales cuando el consenso político falta es comprensible, pero peligrosa. La complejidad de la realidad migratoria (entradas a nado, bordeadas de espigones, interceptaciones en alta mar) exige una respuesta normativa, no un parche jurisprudencial. El Supremo ha marcado el límite de lo que la ley actual permite. Ahora, el Congreso decide si ensancha ese perímetro. No hay tercera vía.
Pedir al Supremo que «haga de legislador» es, además, un gesto de desconfianza hacia el propio sistema democrático. Las leyes las discuten y aprueban los representantes de la soberanía popular, no los magistrados. Estos últimos, con su sentencia, han cumplido. Ahora le toca al Parlamento. O modifica la ley, o la deja como está. Pero que no nos venda la fábula de que el Supremo podía haber resuelto lo que el legislador omitió. No podía. Y no debe.
Alejandro Klock Varas
Jurista y Mediador Civil y Mercantil
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