Lenta pero de manera segura los tribunales españoles están dando la razón a los usuarios y clientes de banca en materia de seguridad informática y sin lugar a dudas ésto es lo más destacable ya que desgraciadamente enfrentarse a instituciones financieras, son los tortuosos caminos de quien inicia un peregrinar procedimental extremadamente farragoso y complejo.
Como bien se indica la audiencia provincial de Oviedo fuerza mediante coacción judicial activa a la devolución de los fondos y la asunción de las costas procesales, reforzando con esto la responsabilidad objetiva recae o debiese recaer siempre en quien tiene y asume la responsabilidad objetiva de resguardar los fondos depositados, volvemos a la vieja guardia de las buenas prácticas garantistas del sistema financiero en favor del cliente.
La audiencia provincial de Oviedo en Asturias, en este histórico veredicto, viene a desestimar el recurso de apelación interpuesto por Unicaja Banco a la sentencia del Juzgado de Primera Instancia de Cangas de Onís de 9 de mayo de 2024, dejando muy claro y con un precedente muy bien definido de que las entidades financieras reguladas siempre deben hacer frente a sus responsabilidades mercantiles como tenedores de fondos.
No hay que desconocer que tanto «Phishing y Smishing» como fallos de ciberseguridad en los servicios bancarios y financieros son un asunto extremadamente enrevesado y de extremada complejidad de rastrear en materia penal ya que no solo afectan directamente derechos y deberes legales contenidos en el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, sino que atacan directamente a la parte más medular de una banca cada vez más digitalizada y vulnerable a los nuevos retos a que se enfrenta todo el sistema global.
Alejandro Klock Varas
Abogado
Mediador Civil y Mercantil
https://lnkd.in/e6DSugQX
info@alejandroklock-lawyer.com
+7 915- 990-61-51